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Registro electrónico de jornada laboral 2026–2027: cómo cumplir los artículos 68, 69, 132 y 994 de la LFT con CONTPAQi y Tempo Control

  • hace 22 horas
  • 11 min de lectura


Durante muchos años, el control de asistencia fue visto como una tarea administrativa: registrar entradas, detectar retardos y saber quién faltó.


Hoy su importancia es mucho mayor.


La reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada el 1 de mayo de 2026 incorporó expresamente el registro electrónico de la jornada laboral, fortaleció las reglas relacionadas con horas extraordinarias y estableció sanciones específicas para las empresas que no cumplan con esta obligación.

Esto significa que ya no basta con tener un reloj checador en la entrada.

La empresa necesita construir una cadena de información confiable que permita responder preguntas como:

  • ¿A qué hora comenzó y terminó la jornada de cada colaborador?

  • ¿Cuántas horas trabajó realmente?

  • ¿Se respetó su descanso semanal?

  • ¿Qué horas extraordinarias fueron autorizadas?

  • ¿Cómo llegaron esas horas a la nómina?

  • ¿Qué evidencia puede presentarse ante una inspección o una controversia laboral?

Un reloj checador solamente registra horas. Una implementación correcta convierte esas horas en evidencia, incidencias y una nómina calculada de forma coherente.

En este artículo explicaremos el alcance de los artículos 68, 69, 132 y 994 de la LFT, así como la manera en que Tempo Control, CONTPAQi Nóminas y CONTPAQi Nóminas Nube pueden ayudar a ordenar el proceso.


¿Qué cambió con la reforma laboral de 2026?


La reforma publicada el 1 de mayo de 2026 estableció una reducción gradual de la jornada semanal hasta llegar a 40 horas en 2030. Durante 2026 continúa aplicándose una jornada semanal de 48 horas; para 2027 será de 46 horas, en 2028 de 44, en 2029 de 42 y finalmente de 40 horas en 2030.


El decreto también establece que el periodo comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2026 servirá para que empresas y personas trabajadoras ajusten sus procesos. Las disposiciones generales de la STPS relacionadas con el registro electrónico entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2027.


Este periodo de transición no debería interpretarse como una razón para esperar hasta el último momento. Al contrario: es la oportunidad para revisar horarios, políticas de horas extra, métodos de checada, procesos de autorización e integración con nómina.




Artículos 68, 69, 132 y 994 de la LFT: resumen para empresas

Artículo

¿Qué regula?

Riesgo operativo

Artículo 68

Límites de la jornada extraordinaria y pago de horas que excedan lo permitido

Trabajar horas no autorizadas, pagarlas incorrectamente o no contar con evidencia

Artículo 69

Derecho a un día de descanso con salario íntegro por cada seis días trabajados

Programar turnos continuos sin identificar descansos o días laborados

Artículo 132, fracción XXXIV

Registro electrónico del inicio y finalización de la jornada

No contar con información individual, íntegra y disponible para la autoridad

Artículo 994

Multas por incumplir determinadas obligaciones laborales

Sanciones calculadas en UMA y posible aplicación por cada persona afectada

La relación entre estos artículos es clara: la empresa debe controlar la jornada, respetar descansos, identificar las horas extraordinarias y conservar información que permita acreditar cómo se administró y pagó el tiempo trabajado.


Artículo 68 de la LFT: horas extra, límites y pago correcto


El artículo 68 señala que las personas trabajadoras no están obligadas a prestar servicios por un tiempo mayor al permitido por la ley.


También establece que la prolongación que exceda el tiempo extraordinario permitido no podrá superar cuatro horas adicionales a la semana y deberá pagarse con un 200 % más del salario correspondiente a una hora ordinaria. En términos prácticos, esto equivale a pagar esas horas al triple.


Además, la suma de la jornada ordinaria y extraordinaria no puede superar las doce horas diarias.

Existe un punto importante para 2026 y los años siguientes: aunque el texto permanente del artículo 66 contempla hasta doce horas extraordinarias semanales, el régimen transitorio determina una aplicación gradual:


Año

Horas extraordinarias semanales contempladas en el régimen gradual

2026

9

2027

9

2028

10

2029

11

2030

12

Por eso, el control de horas extra no debería realizarse únicamente al final de la quincena. La empresa necesita vigilar la acumulación por día, semana, colaborador, turno y centro de trabajo.


El problema de capturar horas extra manualmente


En muchos negocios el supervisor envía una hoja, un mensaje o un correo con las horas extraordinarias del personal. Posteriormente, Recursos Humanos vuelve a capturarlas en el sistema de nómina.


Este proceso genera riesgos frecuentes:

  • Horas duplicadas.

  • Tiempo trabajado sin autorización.

  • Diferencias entre la checada y lo reportado por el supervisor.

  • Errores al separar horas dobles y triples.

  • Incidencias capturadas en el periodo equivocado.

  • Falta de evidencia sobre quién autorizó el tiempo adicional.


Con Tempo Control, los registros de entrada y salida pueden procesarse conforme a los horarios, turnos y tolerancias previamente configurados. Después, las incidencias seleccionadas pueden enviarse hacia CONTPAQi Nóminas o CONTPAQi Nóminas Nube para que formen parte del cálculo correspondiente.

Esto no significa que el software deba decidir por sí solo qué horas se pagan. La mejor práctica consiste en establecer un flujo de revisión y autorización antes de enviar las incidencias a nómina.


Artículo 69 de la LFT: el descanso semanal también debe documentarse


El artículo 69 dispone que por cada seis días de trabajo se deberá otorgar, por lo menos, un día de descanso con goce de salario íntegro.


Aunque parece una regla sencilla, puede volverse compleja cuando existen:

  • Turnos rotativos.

  • Operaciones continuas.

  • Personal que cambia de sucursal.

  • Jornadas nocturnas que terminan al día siguiente.

  • Descansos variables.

  • Sustituciones entre empleados.

  • Permutas de turno.

  • Trabajo durante días originalmente programados como descanso.


Un sistema de asistencia correctamente configurado no solamente debe saber que una persona checó. También debe conocer cuál era su horario esperado, qué día correspondía a su descanso y si existió una modificación autorizada.


Tempo Control permite administrar horarios normales, por horas, rotativos y abiertos, además de configurar tolerancias y permutas de horarios. Esto ayuda a interpretar cada checada dentro del contexto correcto, en lugar de analizarla como un dato aislado.



¿Cuál es la multa por incumplir el artículo 69?



El artículo 994, fracción I, establece una multa de 50 a 250 UMA para el patrón que incumpla, entre otras disposiciones, el artículo 69.


Con el valor diario de la UMA vigente desde febrero de 2026, de $117,31, este rango equivaldría aproximadamente a:

  • 50 UMA: $5.865,50.

  • 250 UMA: $29.327,50.


Estas cantidades son únicamente una referencia con la UMA de 2026. La sanción deberá calcularse con el valor vigente al momento de cometerse la infracción.


Artículo 132, fracción XXXIV: el registro electrónico de jornada laboral



Este es uno de los cambios más relevantes para Recursos Humanos, nómina y administración de personal.

La nueva fracción XXXIV del artículo 132 obliga a la persona empleadora a:

Registrar electrónicamente la jornada de cada persona trabajadora, incluyendo su horario de inicio y finalización, y proporcionar esa información a la autoridad cuando sea requerida.

La misma disposición señala que la STPS emitirá reglas generales para determinar el ámbito de aplicación y las excepciones. También establece que el contenido del registro electrónico podrá hacer prueba plena cuando se acredite que fue acordado entre la persona trabajadora y la empleadora.


Esta última parte es fundamental.

La implementación no debería limitarse a comprar un dispositivo. También conviene documentar:

  • El método autorizado para registrar la jornada.

  • Las reglas para corregir una checada omitida.

  • El tratamiento de retardos y salidas anticipadas.

  • El procedimiento para autorizar horas extra.

  • La forma en que el colaborador puede consultar o aclarar sus registros.

  • Las responsabilidades de supervisores, Recursos Humanos y nómina.

  • Las políticas de conservación y protección de la información.


¿Desde cuándo será exigible?


El decreto entró en vigor el 1 de mayo de 2026 y estableció el resto de 2026 como periodo de ajuste. Las disposiciones generales de la STPS que determinarán el alcance y las excepciones de la obligación entrarán en vigor el 1 de enero de 2027.


Por ello, durante 2026 las empresas deberían preparar su infraestructura y procesos, sin asumir anticipadamente que todas las reglas técnicas ya están definidas.


Esta precisión es importante: la ley exige un registro electrónico, pero todavía corresponde a la STPS detallar aspectos como el ámbito de aplicación, excepciones, condiciones técnicas y posiblemente los criterios de conservación o presentación.


¿Una hoja de Excel cumple con el registro electrónico?


Una hoja de cálculo es un archivo electrónico, pero eso no significa automáticamente que constituya un sistema adecuado de control de jornada.


El verdadero problema aparece cuando la empresa no puede demostrar:

  • De dónde surgió cada registro.

  • Quién realizó una modificación.

  • Cuándo fue alterada la información.

  • Qué horario tenía asignado el colaborador.

  • Qué incidencias fueron autorizadas.

  • Qué datos se enviaron a nómina.

  • Cuáles fueron los importes finalmente pagados.



Una hoja modificable puede apoyar ciertos procesos internos, pero normalmente ofrece menor trazabilidad que una solución especializada.


Además, todavía deberán conocerse las disposiciones generales que emita la STPS. Por eso no es correcto afirmar, por ahora, que cualquier archivo electrónico será suficiente o que un tipo específico de dispositivo será obligatorio.


La LFT tampoco establece de forma general que todas las empresas deban utilizar huella digital o reconocimiento facial. El método de registro debe seleccionarse considerando la operación, movilidad, privacidad, infraestructura y características del personal.


Artículo 994: multas por no contar con el registro electrónico


El artículo 994 incorporó una nueva fracción IV Bis.


Esta disposición contempla una multa de 250 a 5.000 UMA para la persona empleadora obligada que incumpla la fracción XXXIV del artículo 132, relacionada con el registro electrónico de jornada.


Tomando únicamente como referencia la UMA diaria de 2026, el rango sería aproximadamente de:

  • 250 UMA: $29.327,50.

  • 5.000 UMA: $586.550,00.

La cantidad aplicable en 2027 dependerá del valor de la UMA vigente cuando se cometa la infracción.


También debe considerarse que la LFT indica que, cuando una sola acción u omisión afecte a varios trabajadores, puede imponerse una sanción por cada persona afectada. Cuando una conducta genere distintas infracciones, las sanciones correspondientes pueden aplicarse de manera independiente.


Una precisión importante sobre el artículo 68


El artículo 994 no menciona expresamente al artículo 68 dentro de sus fracciones. Sin embargo, el artículo 1002 establece una sanción general de 50 a 5.000 UMA para violaciones a las normas de trabajo que no estén sancionadas específicamente en otra disposición.


La aplicación concreta dependerá de los hechos, del tipo de incumplimiento y del criterio de la autoridad. Por ello, no es recomendable presentar una cifra automática sin revisar cada caso.


De la checada a la nómina: así debe fluir la información


Una estrategia sólida de cumplimiento puede dividirse en cuatro etapas.



1. Registro de la jornada

El colaborador registra su entrada y salida utilizando el método definido por la empresa:

  • Terminal biométrica.

  • Aplicación móvil.

  • Checador web.

  • WhatsApp.

  • Otros dispositivos compatibles con la operación.


Tempo Control permite concentrar distintos métodos de registro dentro de una misma plataforma, lo cual resulta útil para empresas con oficinas, plantas, sucursales, personal en campo o esquemas híbridos.



2. Interpretación de los registros

Una checada aislada no indica necesariamente si existió un retardo, una falta o tiempo extraordinario.

Tempo Control compara los registros contra:

  • Horarios.

  • Turnos.

  • Tolerancias.

  • Descansos.

  • Días inhábiles.

  • Reglas de entrada y salida.

  • Políticas de horas extraordinarias.


A partir de esta configuración, transforma los eventos en incidencias que pueden revisarse antes de enviarse a nómina.



3. Cálculo y pago en CONTPAQi

Una vez autorizadas, las incidencias se transfieren hacia:


CONTPAQi Nóminas

La solución de escritorio permite administrar empleados, percepciones, deducciones, horas extra, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, finiquitos y CFDI de nómina.


CONTPAQi Nóminas Nube

La alternativa en la nube permite controlar incidencias, calcular la nómina, administrar percepciones y deducciones, generar archivos de dispersión y timbrar recibos desde una operación centralizada.


4. Conservación y consulta de evidencia

El proceso debe permitir relacionar:

Checada original → horario asignado → incidencia generada → autorización → cálculo de nómina → CFDI pagado.

Esta trazabilidad ayuda a reducir diferencias entre Recursos Humanos, supervisores, contabilidad y colaboradores.



¿Qué aporta cada solución al cumplimiento laboral?


Tempo Control: registro y procesamiento de jornadas

Tempo Control funciona como el puente entre los métodos de checada y el sistema de nómina.

Su valor principal consiste en:

  • Concentrar registros de diferentes dispositivos.

  • Interpretar entradas y salidas conforme a horarios.

  • Identificar faltas, retardos y horas extra.

  • Administrar turnos y tolerancias.

  • Generar reportes por empleado, área, terminal o periodo.

  • Conservar historial de jornadas.

  • Enviar incidencias hacia CONTPAQi Nóminas o CONTPAQi Nóminas Nube.


CONTPAQi Nóminas: cálculo y timbrado desde escritorio

Es recomendable para empresas que requieren una operación local, configuraciones avanzadas, integración con infraestructura propia o administración especializada de conceptos de nómina.

Tempo Control entrega las incidencias previamente procesadas para evitar la recaptura manual.


CONTPAQi Nóminas Nube: acceso y operación centralizada

Es una alternativa para empresas que buscan calcular y administrar su nómina desde la nube, facilitar el trabajo entre distintas ubicaciones y reducir la dependencia de infraestructura instalada localmente.

La conexión con Tempo Control permite conservar un flujo similar: registrar, procesar, autorizar y calcular.


El software no sustituye una implementación correcta


Una empresa puede tener un excelente sistema y aun así conservar riesgos si:

  • Los horarios no reflejan la operación real.

  • Las tolerancias están mal configuradas.

  • No existe un proceso para autorizar horas extra.

  • Los supervisores realizan ajustes sin documentación.

  • No se revisan las incidencias antes de calcular.

  • Los empleados no conocen las reglas de registro.

  • No existe una política de corrección de checadas.

  • No se realizan respaldos de la información.

  • La nómina se calcula con datos diferentes a los reportes de asistencia.


Por eso, en Sistemas 360 no entendemos la implementación como una simple instalación.

Nuestro trabajo consiste en analizar la operación y convertirla en un proceso tecnológico funcional.


Nuestra metodología de implementación


Primero realizamos un levantamiento de colaboradores, ubicaciones, turnos, jornadas, tolerancias y procesos actuales.

Después definimos la arquitectura adecuada: dispositivos biométricos, aplicación, web, WhatsApp o una combinación de métodos.


Posteriormente configuramos horarios, políticas e incidencias; conectamos Tempo Control con CONTPAQi Nóminas o CONTPAQi Nóminas Nube; ejecutamos pruebas de escenarios reales y capacitamos a Recursos Humanos, nómina y supervisores.

Finalmente, acompaña

mos la salida a producción y ofrecemos soporte para ajustar la operación conforme aparezcan nuevos turnos, ubicaciones o necesidades.


Este acompañamiento es el verdadero diferenciador entre tener un checador y contar con un proceso de control laboral útil, trazable y conectado con la nómina.




Preguntas frecuentes sobre el registro electrónico de jornada laboral


¿Será obligatorio tener un reloj checador en 2027?

La LFT exige registrar electrónicamente el inicio y finalización de la jornada. Sin embargo, la STPS deberá definir el ámbito de aplicación y las excepciones mediante disposiciones generales que entrarán en vigor el 1 de enero de 2027.

No debe asumirse que todas las empresas estarán obligadas a utilizar el mismo tipo de dispositivo.


¿La LFT obliga a utilizar huella o reconocimiento facial?

No existe una obligación general que establezca que el registro deba ser biométrico. La empresa puede evaluar alternativas como aplicación móvil, navegador web, WhatsApp o terminales físicas, considerando su operación y las disposiciones que emita la autoridad.


¿Tempo Control sustituye a CONTPAQi Nóminas?

No. Tempo Control administra registros de asistencia, horarios e incidencias. CONTPAQi Nóminas o CONTPAQi Nóminas Nube realizan el cálculo, administración y timbrado de la nómina.

Ambas soluciones se complementan.


¿Tempo Control puede trabajar sin un sistema de nómina?

Sí. Puede utilizarse para administrar asistencia, horarios, incidencias y reportes, aunque su mayor valor se obtiene al integrarlo con el proceso de prenómina.


¿El software garantiza por sí mismo el cumplimiento de la LFT?

No. Ningún software garantiza por sí solo el cumplimiento legal.

La tecnología facilita el registro, procesamiento, conservación y consulta de información, pero debe acompañarse de políticas internas, configuración correcta, capacitación, protección de datos y asesoría laboral especializada cuando sea necesaria.


¿Cuánto puede costar no contar con el registro electrónico?

El artículo 994 contempla una multa de 250 a 5.000 UMA por incumplir la obligación prevista en el artículo 132, fracción XXXIV. El importe en pesos dependerá del valor de la UMA vigente y de las circunstancias de cada caso.


Prepárate antes de que el registro electrónico se convierta en una urgencia


El cumplimiento laboral no debería comenzar cuando llega una inspección.

Las empresas que utilicen 2026 para ordenar sus horarios, jornadas, descansos, incidencias y procesos de nómina llegarán a 2027 con una ventaja importante: tendrán información histórica, personal capacitado y un proceso probado.


La combinación de Tempo Control, CONTPAQi Nóminas oy CONTPAQi Nóminas Nube permite construir un flujo en el que cada registro tiene un origen, cada incidencia puede revisarse y cada pago puede relacionarse con la jornada correspondiente.


En Sistemas 360 te ayudamos a definir la solución de acuerdo con el número de colaboradores, centros de trabajo, tipos de jornada, movilidad del personal e infraestructura disponible.

No se trata de venderte un reloj, se trata de ayudarte a implementar un proceso que funcione para Recursos Humanos, nómina, supervisores y colaboradores, y que además te permita responder con información cuando la autoridad la requiera.



Aviso

Este contenido tiene fines informativos y tecnológicos y no constituye una opinión o asesoría jurídica. El alcance definitivo de la obligación de registro electrónico deberá complementarse con las disposiciones generales que emita la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

 
 
 

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