Cambios en el criterio de asignación del Nombre en el CFDI (Emisor/Receptor)
Anexo 20 versión 4.0
El día de hoy 26 de Enero el SAT anunció un nuevo cambio en la emisión de CFDI, se trata de un nuevo criterio para la captura del campo de la razon social tanto del emisor como del receptor, mismo que a continuación te explicamos.
De acuerdo con el artículo 29-A fracción I y IV de CFF los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) deberán contener como requisito el nombre o razón social tanto del emisor como del receptor, los cuales podrás obtener de tu Constancia de Situación Fiscal SIN INCORPORAR EL REGIMEN DE CAPITAL, por lo que si realizas CFDI con la versión 4.0 del Anexo 20 este será el nuevo criterio que considerar. Por lo que las Personas Morales ya no deberán especificar en el CFDI el Régimen de Capital que se consideraba una parte del Nombre del Emisor o Receptor. Por ejemplo: SISTEMAS 360 S DE RL DE CV Para efectos del atributo Nombre del Emisor/Receptor del Anexo 20 versión 4.0, será: SISTEMAS 360
El mensaje de error que puede llegar a salirte es el siguiente
PAC_MESSAGE El campo nombre del receptor, debe pertenecer al nombre asociado al RFC registrado en el campo RFC del Receptor
IMPORTANTE: En algunos cursos y conferencias se comentó que el criterio era conforme con la Cédula de Identificación Fiscal la cual incluye el régimen de capital, sin embargo, a partir del 26 de enero de 2022 hubo modificaciones en este criterio por parte del SAT.
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