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Se amplía el plazo para el uso del CFDI 3.3

Actualizado: 22 mar 2023

Te informamos que el pasado para efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, quienes realicen pagos de acuerdo al Título IV, Capítulo I de LISR “ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado” de acuerdo al anexo 20 publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, podrán optar por emitir CFDIs en su versión 3.3 con complemento de nómina en la versión 1.2, hasta el 31 de marzo de 2023.


En otras palabras, tu como emisor de CFDI con complemento de nómina, tendrás la oportunidad de continuar timbrando tus sobre recibos en el esquema de CFDI versión 3.3 con complemento de nómina en versión 1.2 y a partir del día 1 de Abril de 2023, será obligatoria la emisión en versión 4.0.


OJO: De momento esta facilidad solamente se presenta para los recibos electrónicos de nómina y no hay ninguna información confirmada para otro tipo de CFDI, por lo tanto, la fecha de obligatoriedad para emitir CFDI de Ingresos continúa como 1 de Enero de 2023.



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